Fracción XIX - Los mecanismos de participación ciudadana.
Unidad Responsable
Secretaría General Municipal
Fecha de Actualización
Viernes 15 de Julio de 2016
Fecha de Validación
Viernes 15 de Julio de 2016
Procedimientos de participación ciudadana | Nombre de la acción | Objetivo | Requisitos | Unidad Administrativa | Domicilio | Teléfonos | Horarios de atención |
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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2012 - 2016 | CONSEJOS CIUDADANOS DE COLABORACIÓN MUNICIPAL Y DELEGADOS MUNICIPALES DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO | Los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal, son Organismos de Promoción y Gestión Social de la Autoridad Municipal, para realizar labores de vigilancia respecto a asuntos de orden público, para prestar servicios de interés social a los vecinos en representación de la Autoridad Municipal y para realizar gestiones de beneficio comunitario a los habitantes de su jurisdicción. En cada una de las colonias, barrios, fraccionamientos y comunidades de Pachuca de Soto, se integrará y funcionará un Consejo Ciudadano de Colaboración Municipal, que dependerá para el ejercicio de sus funciones exclusivamente del Honorable Ayuntamiento. Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. | Son requisitos para ser nombrado o ratificado como miembro del Consejo Ciudadano de Colaboración Municipal, los siguientes: I.- Ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento; II.- Ser mayor de 18 años de edad y en pleno uso de sus facultades mentales; III.- Ser residente de la zona habitacional en la cual desempeñará el cargo, por lo menos durante tres años anteriores a su designación, excepto cuando se trate de aquellas de reciente creación; IV.- Saber leer y escribir; V.- Tener un modo honesto de vivir; VI.- Tener vocación de servicio; VII.- Estar en pleno uso de sus derechos civiles; VIII.- No ser servidor público del Municipio; IX.- No desempeñar o haber desempeñado cargos directivos de partido o asociación política, ni de elección popular, no haber contendido como candidato para alguna de ellas, no ser representante ante organismos electorales, ni tener una participación activa, pública, y comprobable documentalmente. X.- No ser ministro de culto religioso. | SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL | PLAZA GENERAL PEDRO MA. ANAYA NÚM. 1, COL. CENTRO C.P. 4200> | (771) 7171500 Ext. 1217 | 8:30 a 16:30 Horas de Lunes a Viernes |
Mecanismos de Participación Ciudadana Elección 2012 | CONSEJOS CIUDADANOS DE COLABORACIÓN MUNICIPAL Y DELEGADOS MUNICIPALES | Los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal, son Organismos de Promoción y Gestión Social de la Autoridad Municipal, para realizar labores de vigilancia respecto a asuntos de orden público, para prestar servicios de interés social a los vecinos en representación de la Autoridad Municipal. (Articulo 5.- Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo.) | Articulo 8.- Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. | SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL | PLAZA GENERAL PEDRO MA. ANAYA NÚM. 1, COL. CENTRO C.P. 4200> | (771) 7171500 Ext. 1217 | 8:30 a 16:30 Horas de Lunes a Viernes |