Fracción XIX - Los mecanismos de participación ciudadana.
Unidad Responsable
Secretaría General Municipal
Fecha de Actualización
Viernes 15 de Julio de 2016
Fecha de Validación
Viernes 15 de Julio de 2016
| Procedimientos de participación ciudadana | Nombre de la acción | Objetivo | Requisitos | Unidad Administrativa | Domicilio | Teléfonos | Horarios de atención |
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| MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2012 - 2016 | CONSEJOS CIUDADANOS DE COLABORACIÓN MUNICIPAL Y DELEGADOS MUNICIPALES DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO | Los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal, son Organismos de Promoción y Gestión Social de la Autoridad Municipal, para realizar labores de vigilancia respecto a asuntos de orden público, para prestar servicios de interés social a los vecinos en representación de la Autoridad Municipal y para realizar gestiones de beneficio comunitario a los habitantes de su jurisdicción. En cada una de las colonias, barrios, fraccionamientos y comunidades de Pachuca de Soto, se integrará y funcionará un Consejo Ciudadano de Colaboración Municipal, que dependerá para el ejercicio de sus funciones exclusivamente del Honorable Ayuntamiento. Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. | Son requisitos para ser nombrado o ratificado como miembro del Consejo Ciudadano de Colaboración Municipal, los siguientes: I.- Ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento; II.- Ser mayor de 18 años de edad y en pleno uso de sus facultades mentales; III.- Ser residente de la zona habitacional en la cual desempeñará el cargo, por lo menos durante tres años anteriores a su designación, excepto cuando se trate de aquellas de reciente creación; IV.- Saber leer y escribir; V.- Tener un modo honesto de vivir; VI.- Tener vocación de servicio; VII.- Estar en pleno uso de sus derechos civiles; VIII.- No ser servidor público del Municipio; IX.- No desempeñar o haber desempeñado cargos directivos de partido o asociación política, ni de elección popular, no haber contendido como candidato para alguna de ellas, no ser representante ante organismos electorales, ni tener una participación activa, pública, y comprobable documentalmente. X.- No ser ministro de culto religioso. | SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL | PLAZA GENERAL PEDRO MA. ANAYA NÚM. 1, COL. CENTRO C.P. 4200> | (771) 7171500 Ext. 1217 | 8:30 a 16:30 Horas de Lunes a Viernes |
| Mecanismos de Participación Ciudadana Elección 2012 | CONSEJOS CIUDADANOS DE COLABORACIÓN MUNICIPAL Y DELEGADOS MUNICIPALES | Los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal, son Organismos de Promoción y Gestión Social de la Autoridad Municipal, para realizar labores de vigilancia respecto a asuntos de orden público, para prestar servicios de interés social a los vecinos en representación de la Autoridad Municipal. (Articulo 5.- Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo.) | Articulo 8.- Reglamento de los Consejos Ciudadanos de Colaboración Municipal y Delegados Municipales para el Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. | SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL | PLAZA GENERAL PEDRO MA. ANAYA NÚM. 1, COL. CENTRO C.P. 4200> | (771) 7171500 Ext. 1217 | 8:30 a 16:30 Horas de Lunes a Viernes |